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Estudios de riesgo ambiental y programas para la prevención de accidentes

Si su instalación maneja sustancias de los listados de actividades altamente riesgosas, la autoridad le va a pedir un estudio de riesgo. Determinamos cuál le corresponde, lo elaboramos y lo sostenemos ante SEMARNAT o ASEA hasta la resolución.

Qué es un estudio de riesgo ambiental

Es el estudio técnico que identifica qué puede salir mal en una instalación que maneja sustancias peligrosas, con qué probabilidad, y hasta dónde llegarían las consecuencias si ocurriera. No evalúa el impacto de operar normalmente — eso es la manifestación de impacto ambiental — sino el escenario del accidente: fuga, incendio, explosión, derrame.

Su exigibilidad nace de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. El artículo 30 obliga a presentar el estudio de riesgo junto con la manifestación de impacto ambiental cuando la obra o actividad está considerada altamente riesgosa. El artículo 147 obliga además a quien ya opera a someter un Programa para la Prevención de Accidentes.

Documento a través del cual una persona física o moral que realiza actividades consideradas como altamente riesgosas describe las medidas y acciones de prevención contra los riesgos analizados.Definición oficial del Programa para la Prevención de Accidentes — SEMARNAT

En la práctica, el estudio de riesgo y el programa de prevención son dos piezas del mismo expediente: el primero identifica y dimensiona los escenarios; el segundo dice qué se va a hacer al respecto.

¿Le aplica a su instalación?

La respuesta no depende del giro ni del tamaño de la empresa, sino de las sustancias que maneja y de la cantidad que almacena. Eso está definido en dos listados publicados en el Diario Oficial de la Federación: el primero el 28 de marzo de 1990 y el segundo el 4 de mayo de 1992.

Si alguna de las sustancias de su instalación aparece en esos listados y rebasa la cantidad de reporte, la actividad es altamente riesgosa y el estudio es obligatorio. Ese cotejo es el primer trabajo que hacemos, y es gratuito: si no le aplica, se lo decimos.

Situación 01
Proyecto nuevo, aún sin operar

El estudio se presenta junto con la manifestación de impacto ambiental, antes de construir. La modalidad depende de la naturaleza del proyecto.

  • Modalidad Análisis de Riesgo — instalaciones fijas
  • Modalidad Ductos Terrestres — transporte por tubería
Situación 02
Instalación ya en operación

Se presenta el estudio de riesgo correspondiente y, sobre él, el Programa para la Prevención de Accidentes que la autoridad debe aprobar.

  • Estudio de riesgo por nivel, según sustancias y volúmenes
  • Programa para la Prevención de Accidentes
  • Actualización cuando cambia el proceso o el inventario

Ante quién se presenta

Es la confusión más cara del trámite. Presentar ante la autoridad equivocada significa perder meses y volver a empezar.

Regla general SEMARNAT

Recibe los estudios de riesgo y los programas para la prevención de accidentes de la industria en general: manufactura, química, alimentos, almacenamiento, servicios y cualquier actividad de los listados que no sea del sector hidrocarburos.

Excepción ASEA

La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente regula al sector hidrocarburos — exploración, refinación, transporte por ducto, almacenamiento, distribución y expendio de combustibles. Si su instalación es de ese sector, el expediente va ahí, con sus propios formatos y criterios.

Qué contiene el estudio

El orden con el que trabajamos. Cada apartado alimenta al siguiente: sin un buen inventario de sustancias no hay escenarios creíbles, y sin escenarios no hay radios de afectación defendibles.

  • Descripción del proceso y de las sustanciasDiagramas, condiciones de operación, inventario por sustancia y hojas de datos de seguridad. Es el apartado que más observaciones recibe cuando se hace de prisa.
  • Identificación de peligrosMetodologías reconocidas — HAZOP, What if, listas de verificación, árbol de fallas — según la complejidad del proceso.
  • Escenarios de riesgoSelección de los eventos creíbles: fuga, derrame, incendio de charco, nube tóxica, BLEVE. No se modela todo lo imaginable, sino lo que puede ocurrir.
  • Análisis de consecuencias y radios de afectaciónSimulación de cada escenario para determinar las zonas de riesgo y de amortiguamiento, con el sustento del modelo empleado.
  • Interacción con el entornoQué hay dentro de esos radios: población, escuelas, cuerpos de agua, otras instalaciones. Aquí se decide si el proyecto es viable donde está planteado.
  • Medidas preventivas y de mitigaciónLo que se debe instalar, modificar u operar distinto. En instalaciones existentes, esto se convierte en el Programa para la Prevención de Accidentes.
  • Resumen y gestión ante la autoridadIntegración del expediente, ingreso del trámite y atención de las observaciones hasta la resolución.

Proyectos representativos

Estudios de riesgo, análisis y programas de prevención realizados por IAPROC.

Sector energía y combustibles

  • Análisis de riesgo para el sistema de recuperación de vapores de las terminales locales de ventas de Guaymas y Ciudad Obregón, Sonora, y Culiacán y Mazatlán, Sinaloa
  • Análisis de riesgo para los sistemas de recuperación de vapores de las terminales de Zapopan, Jalisco, Reynosa, Tamaulipas, Rosarito, Baja California, y Cadereyta, Nuevo León

Aeropuertos y servicios auxiliares

  • Estudios modalidad análisis de riesgo para el Aeropuerto Internacional del Bajío, Guanajuato, y el Aeropuerto Internacional de Puerto Vallarta, Jalisco
  • Estudio de medición de espesores al tanque de almacenamiento de turbosina de Ciudad Obregón, Sonora

Estaciones de autoconsumo y planta industrial

  • Estudios modalidad análisis de riesgo para las estaciones de autoconsumo de gasolina de Teléfonos de México en las instalaciones de Pino, Azores, Legaria, San Antonio Abad y Mixhuca, y en el Estado de México, Morelos y Texcoco
  • Programa para la prevención de accidentes de una planta de fibras de vidrio en la alcaldía Gustavo A. Madero, Ciudad de México

Selección histórica de proyectos. Algunas de las instalaciones y organismos citados han cambiado de denominación o de titular desde que se realizaron los trabajos.

Empecemos por saber si le aplica

Díganos qué sustancias maneja su instalación y en qué volumen. Cotejamos contra los listados de actividades altamente riesgosas y le decimos qué estudio le corresponde — o si no necesita ninguno.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Cómo sé si mi actividad es altamente riesgosa?

No depende del giro ni del tamaño de la empresa, sino de las sustancias que maneja y de la cantidad que almacena. El criterio está en dos listados publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de marzo de 1990 y el 4 de mayo de 1992. Si alguna sustancia de su instalación aparece ahí y rebasa la cantidad de reporte, la actividad es altamente riesgosa. Ese cotejo lo hacemos sin costo.

¿Cuál es la diferencia entre estudio de riesgo y manifestación de impacto ambiental?

La manifestación evalúa el efecto de operar normalmente; el estudio de riesgo evalúa el escenario del accidente: fuga, incendio, explosión o derrame. Cuando la obra es altamente riesgosa, el artículo 30 de la LGEEPA obliga a presentar el estudio de riesgo junto con la manifestación. Son dos documentos distintos del mismo expediente.

¿Ante quién se presenta, SEMARNAT o ASEA?

La regla general es SEMARNAT. La excepción es el sector hidrocarburos —exploración, refinación, transporte por ducto, almacenamiento, distribución y expendio de combustibles—, que se presenta ante la ASEA con sus propios formatos y criterios. Presentar ante la autoridad equivocada significa perder meses y volver a empezar, así que es lo primero que determinamos.

¿Qué es el Programa para la Prevención de Accidentes?

Es el documento en el que quien realiza actividades altamente riesgosas describe las medidas y acciones de prevención contra los riesgos analizados. Lo exige el artículo 147 de la LGEEPA a las instalaciones que ya operan, y se construye sobre el estudio de riesgo: el estudio identifica y dimensiona los escenarios, el programa dice qué se va a hacer al respecto.

¿Cada cuánto hay que actualizar el estudio?

Cuando cambia lo que se evaluó: una modificación del proceso, un aumento del inventario de sustancias, una ampliación de la instalación o un cambio en el entorno inmediato. Un estudio que describe una planta que ya no existe no protege a nadie y no se sostiene en una inspección.

Fuentes y referencias normativas

  • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al AmbienteArtículo 30: estudio de riesgo junto con la MIA · Artículo 147: Programa para la Prevención de Accidentes
  • Guía del Programa para la Prevención de Accidentes · SEMARNATDefinición oficial y alcance del PPA
  • Primer y segundo listados de actividades altamente riesgosasDOF, 28 de marzo de 1990 y 4 de mayo de 1992

Responsabilidad del contenido

Quién responde por este contenido. Lo elabora el equipo técnico de Ingeniería Ambiental y Procesos de Calidad, S.C., Unidad de Inspección acreditada por la EMA con clave UVPROFEPA 042 bajo la norma ISO/IEC 17020:2012, y auditor ambiental aprobado por la PROFEPA con clave AAPROFEPA-042-05, vigente al 20 de mayo de 2027.

Las referencias normativas se citan con su denominación oficial y, cuando existe versión pública, con enlace a la fuente. Esta página describe criterios generales: el caso concreto se resuelve siempre contra el texto vigente de la norma aplicable.

Última actualización: 23 de septiembre de 2026